Premio Nadal de Novela abre su convocatoria 2027

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Podrán optar al Premio Nadal de Novela las novelas inéditas escritas en lengua castellana que no hayan sido premiadas anteriormente en ningún otro concurso. La cuantía del Premio será de 30.000 euros, cuantía que será asimismo considerada como anticipo por la cesión de los derechos de edición de la obra. 

Organización Editorial Destino
Cierra el 30 de septiembre del 2026

BASES DEL PREMIO NADAL DE NOVELA 2027

1. Podrán optar al Premio Nadal de Novela 2027 todos los escritores, mayores de edad, cualquiera que sea su nacionalidad, que presenten novelas originales, inéditas y escritas en lengua castellana. No podrá presentarse obra alguna que concurra simultáneamente a otro premio, ni las obras de aquellos que hubiesen fallecido antes de anunciarse la convocatoria, ni tampoco obras escritas por autores que hayan sido galardonados con el Premio Nadal anteriormente.

2. Cada autor podrá presentar una sola obra, que tendrá una extensión mínima de 150 páginas, en Times New Roman o Arial de cuerpo 12, a doble interlineado.

3. Se presentará una copia del original en formato digital —archivo Word o PDF—, que se hará llegar a través del formulario disponible en la página web: www.premionadal.com. En el caso de resultar candidato al Premio o que, su obra, sea candidata al ejercicio del derecho de opción preferente, si así se le requiriese, el candidato facilitará los documentos necesarios para acreditar su identidad y capacidad para suscribir tal autorización, a fin de (a) documentar el cumplimiento de los requisitos establecidos en estas bases y, en su caso, (b) proceder a la entrega del Premio o, en su defecto, el ejercicio del derecho de opción preferente sobre la obra.

En todo caso, el autor deberá aceptar los términos de la declaración que consta en la página web del Premio Nadal de Novela 2027, por la que manifiesta expresamente los siguientes extremos:

(I) Manifestación expresa del carácter original e inédito en todo el mundo de la obra que se presenta, de que su creación no es resultado de la utilización de sistemas, herramientas o técnicas derivadas o vinculadas con la Inteligencia Artificial, así como que no es copia ni modificación, total o parcial, de ninguna otra obra propia o ajena;

(II) Manifestación expresa de la titularidad exclusiva del autor sobre todos los derechos de la obra y que la misma se encuentra libre de cargas o limitaciones a los derechos de explotación;

(III) Manifestación de que la obra presentada al Premio no ha sido presentada a ningún otro concurso que esté pendiente de resolución en el momento de la presentación de la obra al Premio;

(IV) Manifestación expresa de la aceptación por el autor de todas y cada una de las condiciones establecidas en las presentes bases; y

(V) Fecha de la declaración y firma original.

El autor de la obra presentada al Premio se obliga a mantener totalmente indemne a DESTINO por cuantos daños y/o perjuicios pudiera esta sufrir como consecuencia de la inexactitud o falta de veracidad de cualesquiera de las manifestaciones indicadas anteriormente y realizadas por el autor en el momento de la presentación de la obra.

A su entrega la obra deberá estar terminada, sin ser susceptible de añadir partes o cambios sustanciales con posterioridad al fallo del Premio. DESTINO no mantendrá correspondencia ni comunicación alguna con los autores que se presentan al Premio ni facilitará información sobre la clasificación y valoración de las obras.

4. El plazo de admisión de originales termina el 30 de septiembre de 2026.

5. La presentación de una novela al concurso implica necesariamente la aceptación íntegra, irrevocable e incondicional de las presentes bases por parte del optante, así como:

  1. La obligación de su autor a no retirar la obra del concurso y el consentimiento del optante a la divulgación de la obra presentada en caso de resultar premiada.
  2. La garantía por parte del optante, con total indemnidad para DESTINO, de la autoría y la originalidad de la obra presentada, y de que esta no es copia ni modificación total o parcial de ninguna otra obra propia o ajena.
  3. La garantía por parte del optante, con total indemnidad para DESTINO, del carácter inédito en todo el mundo de la obra presentada y de la titularidad en exclusiva y sin carga ni limitación alguna de todos los derechos de explotación sobre la misma y frente a terceros, sin hallarse sometida a ningún otro concurso pendiente de resolución.

6. El Premio será otorgado por votación de un jurado de cinco miembros cuyos nombres se harán públicos durante el mes de diciembre de 2026. DESTINO se reserva el derecho de modificar dicho jurado. Las deliberaciones del jurado serán secretas y sus decisiones se adoptarán por mayoría. Sin perjuicio del contenido del fallo definitivo del concurso, DESTINO no responde de las opiniones manifestadas por el jurado o por cualesquiera de sus miembros, antes o después de la emisión de aquel, en relación con cualesquiera de las obras presentadas.

7. En ningún caso el Premio podrá ser repartido entre dos o más novelas, sino que será concedido íntegro a una sola obra; pero podrá ser declarado desierto si el jurado estima que ninguna de las obras presentadas posee la suficiente calidad literaria.

8. Se otorgará, como ganadora, un premio indivisible de treinta mil (30.000) Euros a la novela que se considere con mayores merecimientos. La dotación económica de la novela ganadora se corresponde con el reconocimiento al mérito literario de su obra. No obstante, tal y como se detalla en la cláusula 12 siguiente, la obtención del premio conlleva la aceptación de la cesión de derechos de explotación, reproducción, distribución y comunicación pública en exclusiva a EDITORIAL PLANETA, S. A. El fallo del jurado del Premio Nadal de Novela 2027 se hará público el 6 de enero de 2027, fallo que será inapelable.

9. El pago del premio implica el reconocimiento y aceptación del autor de la cesión en exclusiva, por un período de quince (15) años desde la firma del contrato, de los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública mediante puesta a disposición de la obra en exclusiva por DESTINO, en todas las lenguas y en todo el mundo, y bajo cualquier modalidad de edición, incluyendo, a título meramente indicativo, tapa dura, rústica, ediciones económicas o de bolsillo, e-book, audiolibro, etc., así como el derecho para la explotación de la obra, por sí mismo o por terceras sociedades, a través del canal club, en forma de libro o digital, y el derecho de transformación de la obra para su traducción a otras lenguas y para la adaptación de la obra a las distintas modalidades audiovisuales hoy existentes, con contraprestaciones porcentuales distintas según la modalidad de que se trate.

El autor galardonado se obliga a suscribir el contrato de edición, de cesión de los derechos de explotación sobre la obra premiada y demás documentos que sean precisos para formalizar oportunamente dicha cesión.

DESTINO podrá efectuar una primera edición de la obra ganadora en edición trade (rústica o tapa dura) con un mínimo de mil (1.000) ejemplares y un máximo de dos millones (2.000.000), con las reimpresiones que dentro de estos totales decida libremente el editor. Las sucesivas ediciones que sigan a la primera, en cualquier modalidad de edición, comprenderán un mínimo de cien (100) ejemplares y un máximo de un millón (1.000.000), sin límite de ediciones.

La decisión acerca de la modalidad en que deba efectuarse cada una de las sucesivas ediciones y el sistema de distribución comercial corresponderán única y exclusivamente al editor.

DESTINO, no obstante, podrá realizar las reimpresiones que considere oportunas, sin sujeción al mínimo de mil (1.000) ejemplares establecido en los anteriores párrafos, para los supuestos de impresión bajo demanda o «print on demand» (POD) con la finalidad de asegurar la buena difusión comercial de la obra.

10. El ganador autoriza la utilización de su nombre e imagen con fines publicitarios y se compromete —al objeto de lograr la mayor difusión del Premio— a participar activa y personalmente en la presentación y promoción de su obra en aquellos actos que DESTINO considere adecuados, tanto en España como en el extranjero.

11. DESTINO se reserva el derecho de obtener la cesión para la explotación en cualquier modalidad de las obras que, presentadas al Premio y no habiendo sido galardonadas, pudieran interesarle, siempre que comunique al autor correspondiente dicha decisión en el plazo máximo de noventa (90) días hábiles a contar desde la fecha en que se haga público el fallo del Premio Nadal de Novela.

El autor se obliga frente a DESTINO, en el supuesto de recibir dicha comunicación en el plazo indicado, a ceder, en las condiciones que se establezcan, los derechos de explotación de su obra.

12. Quedarán bajo la exclusiva responsabilidad del autor la inscripción de la obra presentada al Premio Nadal en el Registro de la Propiedad Intelectual, así como los efectos de su no inscripción frente a terceros. Cada autor se obliga, además, a suscribir cuantos documentos sean necesarios para que los derechos cedidos a DESTINO sobre su obra queden inscritos en el Registro de la Propiedad Intelectual y en cualesquiera otros registros públicos nacionales, extranjeros o internacionales.

13. Adjudicado el Premio, todos los documentos digitales de las obras no premiadas serán destruidos.

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